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EXPRESOS BAYAVAMARCA 

Condiciones de transporte

01. Este pasaje da derecho a la persona a la que le fue expedido a viajar el día y hora señalados desde el terminal u oficina de la Empresa siempre que esta una hora antes de la salida.


02. El pasajero se obliga a cumplir con los reglamentos y condiciones de seguridad establecidas por la empresa.

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03. No se admiten pasajeros en estado de embriaguez, bajo la influencia de sustancias o desaseo.

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04. El pasajero que dejare de viajar a la hora y fecha indicadas podrá hacerlo en otra, pero deberá participarlo con la debida antelación a la Empresa, en caso de no notificar la Empresa descontará el 20% del costo del pasaje una vez solicitado el reembolso.

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05. Este pasaje caduca a los 90 días de la fecha de expedición.

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06. La empresa no garantiza el servicio en caso de fuerza mayor.

 

07. El pasajero tendrá derecho de llevar una maleta o similar con un peso máximo de 25Kg y un bolso de mano. Todo equipaje adicional será cancelado será cancelado a razón de un máximo del 30% del valor del pasaje por equipaje.

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08. Todo pasajero que adquiera un pasaje y se le extravié esta en la obligación de adquirir otro, si posteriormente le aparece la empresa le reintegrara el valor del mismo en la oficina principal.

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09. Todo menor deberá viajar acompañado de su padre o representante en caso de viajar con un tercero deberá presentar una autorización emitida por el consejo de protección del niño, niña y adolescente.

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10. Queda expresamente prohibido al pasajero llevar consigo o en el equipaje materiales inflamable o explosivos ni cosas u objetos de prohibido comercio en el país, la violación de esta prohibición hará al pasajero responsable de todos los perjuicios que sobrevengan a la empresa y demás pasajeros.

 

11. No se aceptan reclamos por la pérdida de equipaje cuando estos no hayan sido reseñados en la oficina donde fue expedido el boleto.

 

12. La indemnización por equipaje perdido se extenderá hasta 10 veces el valor del pasaje. En caso de equipaje cuyo valor sea superior al monto señalado el pasajero se obliga a declararlo en la oficina de la empresa y suscribir la póliza de seguro correspondiente.

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